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lunes, 21 de mayo de 2012

Los derechos de los animales

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL ANIMAL 
Preámbulo 
Considerando que todo animal posee derechos. Considerando que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales.
Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos de la existencia de otras especies animales, constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo.
Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza que siga cometiéndolo.
Considerando que la educación debe eneseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales.
Se proclama lo siguiente: 
Artículo 1°Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo 2°
a.-
Un animal tiene derecho al respeto.
b.- El hombre, en tanto que es especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c. Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo 3°
a.- Ningún animal será sometido a los malos tratos, no a actos crueles.
b.- Si es necesaria la muerte de un animal, esta deberá ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Artículo 4.
- Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural y a reproducirse.
b.- Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo 5°a.- Todo animal que pertenece a una especie que viva en el entorno del hombre, debe vivir y crecer al ritmo de las condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie.
b.- Toda modificación de dicho ritmo o de dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho derecho.
Artículo 6°
a.- Todo animal que el hombre ha escogido como compañero, tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b.- El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7° Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo y la intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Artículo 8° La experimentación animal que implique un sufrimeinto físico y psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación.
Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo 9° Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo 10° a.- Ningún animal debe ser explotado para el esparcimiento del hombre.
b.- Todas las exhibiciones de animales son incompatibles con la dignidad animal.
Artículo 11°Todo acto que implique la muerte de un animnal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la especie.
Artículo 12°a.- Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b.- La contaminación y destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo 13°a.- Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b.- Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas tanto en el cine como la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo 14°a.- Los organismos de protección y salvaguarda de los animales, deben ser respetados a nivel gubernamental.
b. Los derechos del animal deben ser defendidos por ley, como lo son los derechos del hombre.
                                               
                                                     Promulgado por la Unesco

lunes, 30 de mayo de 2011

Perros sueltos

Los propietario de un perro, deben:
- Identificarlo
- Censarlo en los servicios municipales
- Tener cartilla sanitaria y proporcionarle todas las vacunas y tratamientos declarados obligatorios
- Contratar un seguro de responsabilidad civil
- Si se trata de un perro considerado potencialmente peligroso, además, obtener la licencia

En los lugares públicos todos los perros tienen que ir siempre atados, salvo en determinados parques públicos que dispongan de zonas acotadas por el Ayuntamiento para su esparcimiento, donde sí podrán ir sueltos, aunque sólo en una franja horaria concreta del día dependiendo de la estación del año y de la localidad.


En cuanto al bozal, deben llevarlo siempre los perros considerados potencialmente peligrosos, no siendo obligatorio para el resto salvo que la normativa municipal así lo exija. No se exige para todos los perros.


Si no lo lleva atado y se produce un siniestro, el seguro cubrirá las lesiones corporales y los daños materiales que el perro pueda ocasionar, pero si le denuncian y le ponen una multa, ésta puede ser desde 300 ? hasta 2.404 ?.


El abandono de un animal es un hecho calificado como infracción muy grave con multas que oscilan de 2.404,05 a 15.025,30?


Estos hechos son denunciables por cualquiera que tenga conocimiento de la existencia de este tipo de prácticas.


Puede acudir a su Ayuntamiento o al Servicio de Protección de la naturaleza de la Guardia civil que comunicará su denuncia a quien correspond.

Modificacion de la ordenanza

El Ayuntamiento modifica la ordenanza para poder pasear perros sin correa cuatro horas más aunque excluye razas peligros

También quedan fuera del cambio de normativa las zonas infantiles y de mayores, y las zonas donde se prohíba expresamente

 

 

El Ayuntamiento de Madrid ha escuchado a los vecinos que hace unas semanas pidieron ampliar el horario para poder pasear a sus perros sin correa por los parques municipales y ha modificado la ordenanza que regula este asunto, aunque estableciendo limitaciones tanto en las zonas por donde se puede aplicar y excluyendo a algunas razas "potencialmente peligrosas".
El vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, informó hoy en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno de esta decisión, justificada por el interés de "atender la demanda creciente de los dueños de los perros y acercar la normativa de la ciudad a las normas de convivencia de los animales de compañía en otras ciudades europeas".
En concreto, las ordenanzas modificadas son la de Tenencia de Animales Domésticos y la de Protección de Medio Ambiente Urbano. Con el cambio de los artículos que se refieren a este asunto, ahora será posible pasar de los horarios de 20 a 7 horas en los que ahora se puede llevar al perro suelto entre el 15 de octubre y el 23 de febrero, y de 22 a 7 horas el resto del año, a unos horarios más amplios: de 19 a 10 horas en invierno y de 20 a 10 horas en verano.
Así, los dueños de canes ganará cuatro horas al día para dejar correr sueltos a sus animales en invierno, y hasta cinco horas en verano.
EXCEPCIONES
Estos horarios serán aplicables a todos los parques sin perjuicio de la hora de cierre de cada uno de ellos y, el resto del tiempo, los perros deberán ir provistos de correa. Además, quedan excluidas de la autorización las zonas de recreo infantil, de mayores y áreas donde figure expresamente la prohibición, y también serán excepciones los perros calificados como 'potencialmente peligrosos', que deberán ir siempre provistos de correa y bozal en los lugares públicos.
Estas razas, puntualizadas y modificadas por la Comunidad de Madrid, incluye a los Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu, así como los que tienen fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad; vigor y resistencia; marcado carácter y gran valor; pelo corto, perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kilos; cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas; mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda; cuello ancho, musculoso y corto; pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto; y extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
Además, los dueños deberán mantener control sobre los animales para evitar molestias a otros usuarios de los parques y la suciedad de los bienes y servicios públicos. "Para ello, deberán mantener el perro a la vista y a una distancia que permita la intervención en caso necesario. Asimismo, las personas que lleven animales serán responsables de cualquier acción de los mismos, pudiéndoseles exigir la correspondiente responsabilidad administrativa y/o civil", añadió Cobo.
Una vez aprobadas hoy estas modificaciones por la Junta de Gobierno, se abrirá un periodo de información pública de 30 días, tras la que el Pleno aprobará definitivamente el texto y, después de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y en el del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), las modificaciones de las ordenanzas entrarán en vigor.
ATENDER PETICIONES VECINALES
Esta modificación se ha realizado de manera muy diligente por el Ayuntamiento de Madrid, tan sólo unas semanas después de las protestas de dueños de perros en el parque de El Retiro. De hecho, en algún medio de comunicación se ha publicado que la rapidez en el cambio puede deberse a que una vecina se lo solicitó al alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, al encontrarse ambos paseando a sus respectivos canes.
Preguntado sobre este posible 'favoritismo' por parte del primer edil, Cobo recordó que "las peticiones de los vecinos se atienen den muchos casos, muchos más de los que se imaginan, y otras veces no se puede por razones presupuestarias o porque no se está de acuerdo con ellas". Como ejemplos, citó el soterramiento de la M-30 o la creación de escuelas infantiles a petición de los padres.
"Cada junta de Gobierno atiende a los vecinos, es lo que hacemos habitualmente, incluso con peticiones más específicas e individuales presentadas por carta a las áreas de Gobierno o a los distritos... A eso nos dedicamos, a atender a peticiones vecinales", afirmó el concejal.
Además, subrayó que la ordenanza no ha sido modificada "cien por cien" y que tampoco se han atendido todos los extremos de esta petición, sino que se ha "mantenido el criterio genérico" de la ordenanza a la vez que se intentaba aproximar las costumbres a las de otras ciudades europeas. "Hemos adecuado las horas porque se entendió que era algo razonable, que en otras ciudades del mundo ocurre", afirmó.
Por último, justificó el nuevo horario en que, por la "experiencia y los datos" disponibles, "los niños en edad escolar nunca están antes de las 10 horas en los parques, mientras que a partir de esa hora puede haber más menores", por lo que el nuevo horario permitirá convivir a chavales y animales sin que tengan por qué encontrarse.

 

 

sábado, 21 de mayo de 2011

Cuando viajes con tu perro no olvidar....

Lleva la placa de identificación y la cartilla de vacunación de tu perro. Esto es importante ya que si llegara a extraviarse, podrás buscarlo más fácilmente. O bien, si muerde a alguna persona, podrás avalar que tu mascota está vacunada y que la víctima de la mordedura no corre riesgo alguno. Recuerda que en ciertas partes del país hay cercos sanitarios y la cartilla te ayudará a que tu perro pueda pasar.
             

Deberás hacer paradas continuas para que el perro haga sus necesidades y un poco de ejercicio.
          

Trae siempre contigo bolsas para el excremento, para no dejarlo dondequiera.
               

Nunca dejes al perro dentro del auto por mucho tiempo cuando haga calor –consulta el apartado de choque térmico en la sección de primeros auxilios. Puedes meterte en problemas. Tu perro no sabrá lo que ocurre, en su desesperación puede averiar a tu coche, o, lo más corriente, defecar en él. Mejor llévale juguetes para que se distraiga durante el camino.
                 

Ten mucho cuidado cuando el perro saque la cabeza por la ventana del auto, ya que el aire es tan fuerte que pudiera inducir conjuntivitis y otitis al perro, además podría saltar y accidentarse.
              

Algunos veterinarios recomiendan la administración de vitamina C y complejo B antes de un viaje largo para reducir los efectos del estrés y las nauseas. A lo mejor tu perro jamás ha viajado en coche. Lo más común es que comience a salivar en exceso y, en ocasiones, vomite y exprese deseos de defecar. Así pues, dale de comer 3 horas antes de partir. El exceso de salivación y el mareo irán desapareciendo conforme tu perro se acostumbre a viajar en el coche.
            

Toma providencias especiales, si debes viajar con un perro enfermo. Sobre todo si vas a volar ya que la temperatura en el área de carga del avión puede sufrir cambios bruscos. Por otro lado, si será un vuelo muy largo, tu perro puede presentar una emergencia y no habrá cómo auxiliarlo.
     

Jamás encierres a tu mascota sola dentro de un cuarto de hotel porque pudiera hacer muchas fechorías o molestar a otros huéspedes.
              

La mejor forma para que tu perro viaje es dentro de una jaula especial para transporte de mascotas, donde irá seguro y sin riesgo. Eso sí, la caja no te exime de tomar en cuenta las consideraciones descritas.
        
Recuerda que tú eres responsable de cuanto haga tu perro.

vacaciones al extranjero. ¿Qué documentación necesito para llevarme a mi perro?

Bueno, pues eso depende del país al que quieras ir. Aquí tienes una tabla con lo requerido en cada país. No estan todos los paises del mundo y puede que algúno haya cambiado sus normas (la tabla es orientativa y no demasiado reciente), por lo cual es recomendable que consultes con anterioridad, en el consulado o embajada pertinente.

PaísCertificado SanitarioVacunación AntirrábicaCuarentena de VacunaciónInspección sanitaria en aduana
Argelia...
Alemania..
Andorra..
Argentina..
AustraliaNO ADMITEN ANIMALES provenientes de un país no indemne de rabia
Austria..
Bélgica..
Brasil..
Bulgaria..
Canadá1 mes.
Dinamarca..4 meses
Irlanda..6 meses.
Egipto..
España..
Finlandia.Vac. Moquillo4 meses
Francia..
Gran Bretaña..6 meses.
Grecia.
Hungria
+ Moquillo
+ Carré
+ Distemper
..
Israel..
Italia..
Libano...
Luxemburgo..
Marruecos...
México..
Noruega..4 meses.
Holanda..
Polonia..
Portugal..
Rumania..
Suecia..4 meses
Suiza...
Túnez..
Turquía.
U.R.S.S....
U.S.A..
Yugoslavia...